Sociedad

Ultimo día para participar del programa «Lo Tengo»

Este lunes es el último día para que los interesados puedan inscribirse al plan de lote propio conocido como “Lo Tengo”.

Serán 14 los terrenos que entregará la Municipalidad de Alta Gracia, a través de este plan. La inscripción se realiza en el sitio: www.lotengo.cba.gov.ar . Los resultados se conocerán a partir del 7 de junio, momento del sorteo.

Cabe destacar que una vez que queden seleccionados los 80 beneficiarios de todos los sorteos, se procederá a la entrega de cada uno de los lotes.

Bases y condiciones:

1) Grupo Familiar:
Constituir un grupo familiar, considerando como tal a un grupo estable de personas convivientes al momento de la inscripción, en el que por lo menos dos de los que lo componen, estén unidas entre sí por lazos matrimoniales; uniones de hecho; por parentesco consanguíneo en línea ascendente; descendente o colateral hasta el 3er. grado. Se entenderá que son integrantes del grupo familiar las personas que forman parte del grupo estable y que reciben del o de los titulares un trato íntimo y afectivo que los asimila al parentesco legal. Salvo en el caso de los matrimonios, el grupo familiar deberá demostrar, una convivencia mínima de cinco (5) años.

b) Residencia:
Residir en la localidad donde se encuentra el proyecto habitacional por un período mínimo de dos (2) años, previo a la inscripción.

c) Bienes Inmuebles:
No haber sido adjudicatario, ningún miembro conviviente, de viviendas financiadas por el Estado, entendiéndose por tales a las adquiridas mediante créditos de Bancos oficiales, subsidios, adjudicación con fondos FO.NA.VI, FO.VI.COR, nacionales, provinciales o municipales, a excepción de:
Aquellos solicitantes que por herencia sean propietarios de un porcentaje de un bien inmueble, no excediendo su monto (el del porcentaje del cual es propietario el solicitante) al de un lote de las características del que se entrega en este programa.-

d) Ex Adjudicatario:
No haber sido adjudicatario en la Provincia de Solución Habitacional otorgada por la Dirección de

Vivienda a excepción de:

1) Aquellos adjudicatarios que restituyeron a la Dirección de Vivienda la solución habitacional que se les concediera en tal carácter, en buen estado de conservación, libre de ocupantes y que no registren deudas por servicios, impuestos y/o cuotas de amortización o canon de uso. Esta excepción se contemplará solo por única vez.
2) Aquel coadjudicatario que producida la separación personal, divorcio vincular o interrupción de la unión convivencial, hubiese cedido sus derechos a título gratuito a favor del cotitular o integrante del grupo familiar conviviente establecido al momento de la adjudicación. Esta excepción se contemplará solo por única vez.
3) Aquel adjudicatario que hubiese perdido tal condición por haber transferido la solución habitacional originalmente adjudicada, o desadjudicado por no ocupación, mora, liquidación de bienes de la sociedad conyugal, u otra, y que conforme un nuevo grupo familiar mediante celebración de matrimonio, siempre y cuando el cónyuge actual cumplimente con los requisitos reglamentarios exigidos para ser aspirante a una solución habitacional. En estos casos, si no mediare una unión matrimonial, la titularidad del bien quedará a nombre del nuevo conviviente, siempre y cuando este/a cumplimente con los requisitos reglamentarios exigidos para ser aspirante a una solución habitacional.

e) Ingresos:
Tener ingresos mensuales familiares demostrables, a satisfacción de la unidad Ejecutora, acordes con los pagos que correspondan al crédito otorgado.

f) Documento de Identidad
a) Poseer el/los solicitante/s Documento Nacional argentino.
b) En el caso de matrimonios o uniones convivenciales, si uno de los integrantes no posee DNI argentino, podrá realizarse la inscripción con el que sí lo detente.
g) Edad:
Contar con mayoría de edad, de acuerdo a la legislación vigente, o estar emancipado, y no superar los 75 años de edad.

2.- INHIBICIONES Y RESTRICCIONES
a) Propietarios:
En el caso de haber sido propietario de un bien inmueble no financiado por el Estado, estará habilitado para ser beneficiario del programa a partir de DOS (2) años a computarse desde la enajenación del bien.
b) Ocupantes Irregulares:
En el caso de ocupantes irregulares de tierras (municipal, provincial, nacional), o de viviendas de la Dirección de Vivienda, no podrán ser adjudicatarios de soluciones habitacionales a excepción de los ocupantes que hayan restituido el mismo, previo a la recepción de la solución habitacional otorgada por la Dirección.
c) Inmuebles de uso laboral:
En el caso de postulantes que sean propietarios de bienes inmuebles de uso laboral, deberán acreditar fehacientemente el uso laboral y de fuente única de ingresos del Bien Inmueble y Tasación, a fin de determinar si pueden ser adjudicatarios.

3.- CAUSALES DE EXCLUSIÓN:
a) La falsedad en los datos o documentación aportados por los postulantes inscriptos.
b) La renuncia del/los titular/es.
c) No residir en forma continua y permanente en la Provincia sin que medien causales de estudio o enfermedad por derivación documentadas, aun cuando no se haya formalizado el cambio de domicilio en el documento de identidad.
d) Otras causas que determine la Autoridad de Aplicación.

4.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA
1) Documento de Identidad:
Fotocopia de Documento Nacional de Identidad del/los titulare/s y grupo familiar conviviente postulado (o declarado), tomando vista de los originales.
2) Titulares Unidos en Matrimonio:
Fotocopia de Acta de Matrimonio y/o Libreta de Familia con vista de la documentación original.
3) Titulares en Uniones Convivenciales:
Los titulares en unión convivencial, deberán presentar declaración jurada ante Policía, juez de paz, escribano público u otra autoridad competente, que acredite la convivencia por un plazo no menor de cinco (5) años.
4) Divorcios:
Acta de matrimonio donde conste la inscripción del divorcio y/o copia la Sentencia que decreta la Separación Personal o Divorcio con vista de la documentación original.
5) Viudo:
Fotocopia de Certificado de defunción del cónyuge, con vista del original.
6) Del Grupo Familiar Conviviente Postulado:
a) Fotocopia de los DNI, con constancia de domicilio común con el/los titulare/s, tomando vista del original.
7) Ingresos del Grupo Familiar Postulado:
a) Relación de dependencia: Original y fotocopia de mandamientos, liquidación de haberes, cedulones, correspondientes al mes inmediato anterior al de la presentación, extendidos en formularios oficiales con identificación del empleador (número de CUIT) y el número de CUIL de afiliado al sistema previsional.
b) Trabajadores independientes o autónomos: Certificación de ingresos, extendida por Contador Público matriculado, con mención de la fuente de los datos (balances, liquidaciones, facturas, etc.) y número de CUIT e Ingresos Brutos del solicitante, todo ello acompañado de copias de las últimas liquidaciones de IVA, si correspondiere. La certificación deberá ser confeccionada en formulario de Ley con la debida certificación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba, y conteniendo un análisis de ingresos de los últimos seis (6) meses, acompañado de los comprobantes de pago mensual en AFIP de los mismos.
c) Jubilados/pensionados: Original y fotocopia del talón de cobro correspondiente al mes inmediato anterior al de la presentación.
d) Otros: En caso de beneficiarios de subsidios, becas, planes sociales, seguros de desempleo, percepción de cuota alimentaria u otros ingresos, fotocopia de las constancias que correspondan.
8) Discapacidad:
Titulares o familiares a cargo, con copia de Certificado oficial de Discapacidad, (tomando vista del original), emitido por establecimientos Estatales de orden Nacional, Provincial o Municipal.

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