Pocas sorpresas sobrevinieron a las P.A.S.O., luego de conocerse los resultados de la pasada elección “de medio término”, tras las cuales el Congreso de la Nación Argentina renovará la mitad de los integrantes de la Cámara de Diputados, y un tercio de los integrantes del Senado de la Nación.
Si bien algunos análisis dirigen su mirada a las elecciones presidenciales del año 2.023, sosteniendo que el reciente resultado hace vislumbrar un posible cambio de color político en el Ejecutivo Nacional, la renovación de las bancas del Congreso con la nueva conformación, tiene variadas implicancias que afectarán sin dudas, la vida de las ciudadanas y los ciudadanos.
En lo que respecta al derecho laboral, es decir, al derecho de las trabajadoras y los trabajadores bajo relación de dependencia, esta nueva conformación importa pensar, sin dudas, en nuevos intentos por parte de la actual oposición, de reformar la Ley de Contrato de Trabajo.
El acto cívico de concurrir a las urnas a depositar nuestro voto, reitero, tiene grandes –y graves- implicancias a nivel no sólo económico, sino también social.
Así, la concepción que se tenga del trabajo, definirá las políticas públicas que se dicten en consecuencia.
Si el trabajo es considerado una mercancía, los trabajadores serán reducidos a meros recursos, y se regirán principalmente por las leyes del mercado.
En cambio, si el trabajo es considerado un derecho humano fundamental, las trabajadoras y los trabajadores, gozarán de la mayor protección otorgada por los ordenamientos jurídicos nacionales y por los tratados internacionales.
El actual contexto mundial atravesado por la pandemia, demostró que la última concepción se revelaba nítidamente. Basta pensar en los trabajadores de los servicios de salud, que incluyen al personal médico y farmacéutico, al personal de enfermería, de atención y cuidados personales, entre otros. No es posible pensar a estos trabajadores y trabajadoras como meros recursos, proveedores de mercancía. Y tampoco al resto de los trabajadores y trabajadoras.
Nuestra Constitución Nacional dispone en su artículo 14 bis, que las leyes deben ser aplicadas garantizando la protección al trabajo, y a las personas que trabajan. De allí se deriva la protección de los trabajadores contra el despido arbitrario, considerando a éste como un acto ilícito, cuya consecuencia es el pago de una indemnización.
En el año 2017, el gobierno de Mauricio Macri había presentado un proyecto de reforma laboral que incluía la eliminación de las indemnizaciones y su reemplazo por un fondo de cese laboral. Además, pretendía reducir el cálculo de la indemnización por despido.
Se buscaba concretar un recorte de derechos laborales, acusando a los abogados laboralistas y a los jueces del trabajo, de formar parte de una “mafia de los juicios laborales”.
Si bien el proyecto contó con la adhesión de sus principales beneficiados – el sector empresario – fue rechazado rotundamente por sindicatos y trabajadores asalariados, quienes serían, de aprobarse, nuevamente los perjudicados. Y es que ya nadie puede dudar que la clase trabajadora es quien soporta las pérdidas empresarias, sin participar, en cambio, de sus ganancias.
En el año 2019 intentaron nuevamente reflotar el proyecto, pero fracasaron en su intento.
Este año, nuevamente, empresarios y oposición pugnan por una reforma laboral, a través de la presentación del proyecto de ley “Mochila Argentina” -también llamado de “Flexiseguridad”, que busca modificar el actual régimen indemnizatorio por despido.
Siguiendo con aquella línea argumentativa, y deambulando por cuanto medio de comunicación afín a sus intereses existiera –los grandes medios hegemónicos- opositores políticos y empresarios sostienen que con esa reforma “se asegura al empleado que va cobrar la indemnización, y al empleador que no se va a fundir por un despido”. Nuevamente, el empresariado afirma que de esta forma se generaría empleo, al reducir las consecuencias económicas de los despidos.
El reiterado argumento de que es necesario reducir el “costo laboral” para generar mayor empleo, ha quedado deslegitimado por los hechos, por cuanto cada vez que se aprobaron normas de flexibilización laboral, el desempleo aumentó, duplicándose en muchos casos.
Volviendo al proyecto de ley que reformaría la actual Ley de Contrato de Trabajo, se lo asimila al régimen de la industria de la construcción, por cuanto lo que se pretende es generar algo similar al fondo de cese laboral, o fondo de seguro, integrado por un porcentaje del salario de los trabajadores (que se le descontaría a ellos mismos, mensualmente). Entonces, cuando el empleador decidiera despedir a un trabajador, ya no tendría que invocar una causa, sino que simplemente le abonaría a partir del despido, mensualmente, un salario en función de su antigüedad, y por un plazo que puede ser hasta que consiga otro empleo (registrado) o hasta que venza el plazo máximo según su antigüedad en la empresa que lo despide. Todo ello, claro, en función de los aportes que los empleadores declaren en Anses, confiando en que luego de declararlo, efectivamente lo depositen en ese fondo…
Este sistema desalienta los reclamos que podrían hacer los trabajadores y las trabajadoras, por ejemplo, por horas extras no abonadas, por licencias no otorgadas, o por acoso en el lugar de trabajo, ya que la respuesta más simple y económica para el empresario, será el despido.
Asimismo, perjudica al buen empleador que no tiene intención de despedir a sus trabajadores, ya que en definitiva realizará aportes a ese fondo, que irán a financiar los despidos realizados por otros empresarios.
Más allá de la magnitud de la derrota del Gobierno Nacional en las pasadas elecciones de medio término, ello no implica concluir que exista algún tipo de tendencia inmodificable de cara a las presidenciales del año 2.023.
Sin embargo, es importante entender “qué votamos cuando votamos”, y no restarle importancia a las elecciones legislativas, por cuanto es en el Congreso de la Nación en donde se dictan las leyes que rigen los destinos de todos y todas.
A la luz de los proyectos que buscan modificar la actual Ley de Contrato de Trabajo, somos los ciudadanos y las ciudadanas quienes debemos prestar especial atención, y ejercer el control correspondiente sobre nuestros legisladores y legisladoras.
Ante la nueva composición del Congreso Nacional, es de esperarse nuevos intentos de hacer realidad los proyectos de ley de flexibilización laboral, que sólo llevarán a reducir la protección legal frente al despido arbitrario, en desmedro de los trabajadores y las trabajadoras, y en evidente violación a la manda constitucional y a todo el sistema protectorio laboral.
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