La revolución científico tecnológica producida durante el Siglo XX, trajo consigo el acceso a productos, bienes y servicios de última generación (internet, celulares, streaming, weblogs, por citar algunos), que hoy consideramos indispensables.
Esta aparente igualdad que produce el acceso a las comunicaciones a través de los medios tecnológicos, en realidad oculta una gran desigualdad. Y es que un gran porcentaje de la población mundial no tiene acceso a internet, o no cuenta con computadora en sus hogares.
En este contexto, la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, y con ella el Aislamiento Preventivo Social Obligatorio (APSO), determinaron el surgimiento de diversas estrategias de trabajo remoto, como alternativa para los sectores que prestaban servicios esenciales, y para los que no se encontraban exceptuados del confinamiento.
Significó, para los empresarios, una reducción en los costos de infraestructura, mayor discrecionalidad a fin de determinar la extensión de la jornada de trabajo, y un mayor control sobre el personal facilitada por la conexión remota. En tanto que los trabajadores se vieron forzados a lograr, o al menos intentarlo, conciliar el trabajo con la vida familiar.
Sobre este punto, fueron las trabajadoras, una vez más, quienes tuvieron que realizar el mayor esfuerzo, cumpliendo con la doble responsabilidad -impuesta por la sociedad patriarcal- del cuidado de los hijos, a la vez que ocuparse de la organización de las tareas hogareñas, sumado ahora al trabajo remoto en el mismo domicilio.
A los trabajadores y trabajadoras les resulta muy difícil evitar la disponibilidad ilimitada para con el empleador, generándose con ello una invasión a la intimidad, que dificulta la separación entre el trabajo y la vida privada.
En este contexto, la modalidad que llamamos teletrabajo, y que fue impuesta por una situación excepcional de emergencia, comenzó a vislumbrarse como una opción conveniente para algunos sectores, y derivó en la creación de diversos proyectos de ley, uno de los cuales ya tiene media sanción en la Cámara de Diputados, y todo indica que será finalmente aprobado sin cambios en la Cámara de Senadores.
Sucintamente, el proyecto de ley establece los presupuestos legales mínimos para la regulación de esta modalidad, en tanto que las regulaciones específicas para cada actividad serán establecidas mediante la negociación colectiva.
Los puntos más cuestionados por el sector empresario tienen que ver con la “conversión” a modalidad presencial, la cual debe ser voluntaria y por escrito, pudiendo ser revocada por el trabajador en cualquier momento, debiendo el empleador otorgar nuevamente tareas presenciales, bajo apercibimiento de despido indirecto. Alegan que el costo de tener espacios y elementos de trabajo reservados en los establecimientos, es muy alto.
Respecto al derecho a la desconexión digital, sostienen que debería haber cierta flexibilidad a la hora de plantearlo.
Cuestionan también la obligación del empresario de cargar con la provisión y los costos de las herramientas de trabajo, y asumir el pago de la conectividad.
Sin embargo, y aunque todos los sectores deben ser escuchados, la tecnología no ha de ser utilizada sólo al servicio de la maximización de las ganancias de los empresarios. El legislador deberá optar siempre por normas que mejoren las condiciones laborales de los trabajadores y las trabajadoras, respetando fielmente el principio protectorio del trabajo.
LAURA COCIGLIO Abogada Esp. en Der. Laboral
Asesora externa Partido Laborista.