El Gobierno nacional estableció la metodología que deben aplicar los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes para efectivizar los descuentos a usuarios residenciales en el precio del gas determinados para abril y mayo últimos.
Lo hizo a través de la resolución 299/2019 de la Secretaría de Energía, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
En marzo último, Energía estableció para abril y mayo una bonificación en el precio del gas de 27% para los consumos correspondientes al primero de esos meses, y de 12% para los del segundo, en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes.
A partir de eso, la resolución indicó que los proveedores deberán incluir en la facturación de volumen de gas entregado que tenga por destino a los usuarios beneficiarios el precio que contemple las bonificaciones referidas.
En consecuencia, destacó que resulta necesario establecer la metodología para efectivizar el reembolso de la bonificación a los proveedores, por los volúmenes que sean entregados a las prestadoras de los servicios de distribución y subdistribución.
A los efectos de determinar el monto a ser reintegrado, los proveedores deberán brindar la información requerida dentro de los 30 días hábiles siguientes al último mes en que rige el descuento, con carácter de declaración jurada, correspondiente a las entregas a usuarios residenciales correspondientes a las inyecciones de abril y mayo.
Los proveedores emitirán la facturación del volumen de gas entregado que tenga por destino a los usuarios beneficiarios, con los descuentos en el precio de gas dispuestos como bonificación.
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