
El diputado nacional Daniel Filmus del bloque Frente para la Victoria (FPV) presentó un proyecto de ley similar al Boleto Educativo Gratuito (BEG) que impulsó José Manuel De La Sota en el 2012.
A diferencia de la modalidad cordobesa que beneficia con el 100% de la cobertura del pasaje de estudiantes, docentes y personal auxiliar de instituciones públicas y privadas, el proyecto del diputado consiste en la creación de un régimen nacional de boleto escolar gratuito para los niveles de enseñanza obligatorios y de tarifa reducida destinado a docentes, estudiantes terciarios y universitarios.
Así, el proyecto establece que serán beneficiarios del boleto escolar gratuito los estudiantes que cursen de manera regular los niveles educativos establecidos como obligatorios por la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 (desde los 5 años hasta la finalización de la secundaria) y que asistan a los establecimientos de gestión pública estatal o de gestión privada con subvención estatal total, en cualquiera de sus modalidades.
En tanto, el boleto de tarifa reducida comprenderá a los estudiantes regulares de instituciones estatales de formación superior terciaria y universitaria, nacionales, provinciales o municipales, reguladas en el marco de la Ley de Educación Superior Nº 24.521. El beneficio, en este caso, será del 70 por ciento de la tarifa mínima en el caso del transporte urbano y suburbano, y del 30 por ciento de las tarifas vigentes en el interurbano.
Para los docentes de establecimientos educativos de gestión pública estatal y de gestión privada con subvención estatal total, de los niveles obligatorios establecidos por la Ley de Educación Nacional, en cualquiera de sus modalidades, el beneficio será del 50 por ciento de la tarifa mínima del transporte urbano y del 30 por ciento de las tarifas vigentes en el interurbano.
Además, el acompañante en el caso de los estudiantes menores de 12 años tendrá un beneficio del 50 por ciento de la tarifa mínima.
En caso de llevarse a cabo, el gasto que demande la ley será financiado por el Estado nacional y las jurisdicciones provinciales. El Estado Nacional deberá complementar los fondos que cada jurisdicción disponga para este beneficio.
Fuente CBA24