Este domingo, un trágico hecho tuvo lugar cuando una camioneta atropelló a dos ciclistas y uno de ellos murió a causa del accidente. El episodio sucedió en Avenida Circunvalación, Ruta 5 en dirección a esta ciudad.
Según precisó la Policía que actuó en el lugar, el vehículo habría perdido el control, producto de la carpeta asfáltica mojada, e impactó contra los ciclistas que circulaban por la zona, a aproximadamente un kilómetro de la Universidad Católica, antes del ingreso a la comuna Los Cedros.
Esta fatalidad retrotrae hacia una vieja queja de los conductores, sobre todo, quienes a diario transitan por la Autovía Atilio Lopez y se cruzan frecuentemente con ciclistas en el camino; la de la peligrosidad que significa que ambos coincidan en la ruta. (Nota relacionada)
Son cada vez más los deportistas que circulan por esta colectora y, ahora también, por C-45, que representan «un verdadero peligro», según dichos de los mismos conductores. “Es un peligro, debería haber una colectora especial para los ciclistas“, “Manejo a diario por la autovía para ir a mi trabajo y algunos son muy imprudentes” “Me da mucho miedo los ciclistas en las rutas, por ellos y por uno“, “Ellos no deberían andar por la ruta y muchos lo hacen sin casco ni luces, nada y se cruzan todo el tiempo” .
¿Qué dice la Ley?
Pues bien, según lo que establece Ley Nacional de Tránsito N° 24449, en su artículo 46 inciso b, la presencia de bicicletas queda prohibido en autopistas o en semiautopistas al figurar de manera explícita que la circulación de “peatones, vehículos propulsados por el conductor, vehículos de tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial” se encuentra vedada. Pero nada dice acerca de la circulación en rutas o caminos adyacentes a centros urbanos.
¿Qué pasa en Córdoba?
En nuestra provincia, desde el año 2017, rige una nueva Ley Provincial de Promoción y Fomento del Uso de la Bicicleta que estipula derechos pero también obligaciones para los ciclistas en Córdoba.
Esa ley no le impide a éstos transitar por rutas, siempre y cuando lo hagan en hileras, de a uno, y respetando las medidas de seguridad. Pero, la prohibición sí rige para Autovias, debido a que éstos vehículos de “propulsión a sangre” no pueden alcanzar la velocidad mínima permitida.
En los casos en que la Policía Caminera encuentre ciclistas en autopistas o autovías, los invita a salir de dichas vías y son casi nulos los casos en los que se aplica multa (como debería hacerse por ley).
En conclusión, en concordancia con la Ley Nacional, la Provincial prohíbe la circulación de ciclistas en autovías, pero no en rutas. En este sentido podría decirse que los miles de deportistas que lo hacen a diario por la Atilo Lopez lo hacen en evidente infracción a pesar de los frecuentes controles de la Policía caminera en distintos tramos.
Sin embargo, aquellos que lo hacen por Ruta 5 (tramo que inicia en El Crucero y sigue hacia Anisacate), lo hacen bajo lo que comprende la ley y no hay ninguna restricción al respeto, siempre y cuando cumplan con las normas se seguridad necesarias.
Por ultimo, el hecho de que las leyes sean claras, no significa que el peligro en las rutas no esté latente y la eterna promesa de ciclovías alternativas (que viene de vieja data), no continué siendo una necesidad.