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Lo detuvieron por tenencia de pornografía infantil, hoy está libre y sus vecinos indignados

Villa Parque Santa Ana está convulsionada por la reciente liberación de un sujeto de 28 años que a mediados del mes de junio fue detenido en el marco de una investigación internacional por «Tenencia de Pornografía Infantil». Incluso, el día de la aprehensión, personal de la Brigada de Investigaciones de esta departamental secuestró dispositivos digitales con contenido de índole sexual explícito en niños, niñas y adolescentes.

No obstante, y más allá del malestar social, cabe destacar que de acuerdo a lo que establece la Ley 27. 436, esta carátula prevé una pena de 4 meses a un año de prisión ya que la tenencia en sí- la cual en la ley anterior ni siquiera era punible- no significa que necesariamente sea con fines comerciales y/o de difusión masiva. A su vez, la pena puede llegar a los dos años de prisión en el caso del que tuviere en su poder el material «con fines inequívocos de distribución o comercialización».

Entonces, el nuevo articulo 128 castiga la tenencia simple de material pornográfico sin importar si se lo posee con intenciones de compartirlo o comercializarlo, con una pena de 4 meses a 1 año de prisión.  No mas que eso. El nuevo tipo penal tampoco contempla aquellos que acceden o consumen el material sin poseerlo, como quienes lo hacen vía streaming. Por último, la modificación que se introduce es que las escalas penales se elevarán cuando la víctima sea menor de trece años.

Así mismo, es importante resaltar que son delitos dolosos. Es decir que debe haber intención de cometer el delito. Si por ejemplo alguien posee material pornográfico infantil sin saberlo porque el mismo estaba en un pendrive prestado o  introdujeron material en algún dispositivo sin que el dueño tenga conocimiento de ello, ahí no se está frente a un delito  porque no hay intención, es una tenencia involuntaria.

Entonces, la imputación de este vecino de Villa Parque Santa Ana cuya finalidad de la tenencia de ese material- se reitera- no está clara, le permite aguardar la resolución penal de su caso en libertad. Eso no significa que ya esté sobreseído, sino que es un delito que le permite la excarcelación.

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