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Las Obras Sociales y Prepagas deben cubrir los tests diagnósticos de Coronavirus

Los Agentes del Seguro de Salud (Obras Sociales) y Entidades de Medicina Prepaga tienen entre sus obligaciones prestacionales la cobertura asistencial de tratamiento frente a casos confirmados o sospechosos de Covid-19.

Frente a la pandemia por Coronavirus que atravesamos, las Obras Sociales y Prepagas tienen la obligación de cubrir en todo el país la totalidad de los tratamientos que requieran los pacientes por casos sospechosos o confirmados de haber contraído la enfermedad. Esta obligación incluye, la realización de tests diagnósticos (hisopados y/u otros), traslados, medidas de aislamiento, internaciones, etc.

Las Resoluciones Nº 326/2020 – SALUD y 1095/2020 – SSSALUD, establecen los módulos prestacionales de atención de casos sospechosos y confirmados de COVID-19 y los valores de reintegro a que podrán acceder los Agentes del Seguro de Salud que los brinden.

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