El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) ratificó la medida cautelar vigente por lo cual la Corporación Intercomunal para la Gestión Sustentable de los Residuos del Área Metropolitana Córdoba SA (Cormecor) deberá abstenerse de emprender obras civiles de una planta de tratamiento de residuos en Santa Ana.
El Tribunal Superior de Justicia impuso la medida, al aguardo de la respuesta de la Cámara en lo Contencioso Administrativa que tramita las denuncias de vecinas, por considerar que su construcción y funcionamiento generaría daños ambientales.
“En el presente caso es indudable que la cuestión discutida repercute directamente sobre el interés general y la salud pública de parte de la población, en tanto el conflicto de intereses podría poner en riesgo el derecho constitucional a gozar de un ambiente sano (Constituciones nacional, artículo 41, y provincial, artículo 66) por lo que conforme dicha proyección -en principio- resulta pertinente la confirmación parcial de la medida cautelar oportunamente dispuesta”, indica el fallo.
De esta manera, el TSJ parece responder al urgente pedido de las municipalidades, que habían exigido la habilitación de las obras, por la urgencia de resolver la situación, que generó más preocupación y apuro, luego que la Crese haya dictaminado que a partir del 1º de agosto sólo el municipio de la ciudad capital podrá enterrar sus residuos
Manuel Olmedo, abogado de la familia Gremo, uno de los dueños de los campos que interpuso una cautelar es esta causa aclara a los micrófonos de la 88.9 que «esto no sólo implica que no puedan avanzar en la obra como estaban pidiendo desde Cormecor, sino que tampoco pueden dictar actos administrativos que impliquen el avance en ese sentido».
Con respecto a si este fallo se puede tomar como una buena señal para los demandantes, Olmedo afirma: «Esto da un indicio que para el Tribunal lo que se está denunciando, tiene una validez».