Este domingo 12 hay elecciones y debemos recordar que el voto es un derecho y a su vez es obligatorio. Todas aquellas personas que aparezcan en el padrón están habilitadas para emitir sufragio.
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que nuestro país ratificó y a la que otorgó jerarquía constitucional (ley Nº 27.044), destaca la obligación del Estado de garantizar a ese colectivo los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones con las demás (artículo 29).
El código electoral prevé la ayuda a las personas con discapacidad, ya sean con baja visión o nula ayudando a comprender el diseño de la boleta única. La asistencia a personas con deficiencia intelectual. A su vez deberán facilitar el acceso a lugares en donde no haya rampas o se dificulte el ingreso.
Dentro de las condiciones para votar se encuentran:
-Estar incluido en el padrón.
-Tener el documento de identidad en regla. (completo y legible).
-Emitir el voto a solas dentro del cuarto oscuro. (excepto los alcanzados por el
art. 94 del Código Electoral Nacional).
Las personas que no pueden votar serán aquellas que:
-Estén inhabilitadas por el Código Nacional Electoral.
-Hayan sido declaradas incapaces judicialmente.
-Se encuentren recluidas en establecimientos públicos.
Según tipo de discapacidad
- Personas con discapacidad visual
Los no videntes serán acompañados por el presidente y los fiscales que quieran
hacerlo, quienes se retirarán cuando el ciudadano haya comprobado la ubicación
de las distinta boletas y quede en condiciones de practicar a solas su elección.
- Personas con discapacidad auditiva
Si necesita apoyo, se sugiere:
– Solicitarlo a las fuerzas de seguridad o a las autoridades del comicio.
– Prever que quizás deba comunicar sus necesidades o responder preguntas por
escrito. - Personas con discapacidad intelectual o mental
Previo a la elección, se sugiere:
-Interiorizarse sobre las listas y candidatos que se presentan el día de la
elección.
– Definir a quién desea votar
– Conocer cuál es el número de lista que desea votar.
– Conocer cómo es el procedimiento de corte de boleta si desea votar a
diferentes listas.
– De resultar necesario, pedir ayuda a conocidos o familiares. - Personas con discapacidad motora y/o con movilidad reducida
Las personas que tuvieran imposibilidad concreta para efectuar todos o algunos
movimientos propios para sufragar, serán acompañados por el presidente de
mesa al cuarto oscuro, donde, a solas con el ciudadano elector, colaborará con
los pasos necesarios hasta la introducción de voto, en la medida que la
discapacidad lo requiera.
Por lo tanto:
– Si encuentra obstáculos para el acceso al establecimiento o a la mesa electoral
(escaleras, ascensor descompuesto, etc.) podrá solicitar asistencia a las
autoridades del comicio. Ellos resolverán si trasladan las urnas hasta la planta
baja, utilizando un cuarto de la mesa más próxima a la entrada del
establecimiento.
– Si necesita asistencia para emitir el voto, puede solicitarla a las autoridades de
mesa, quienes deberán acompañarlo al cuarto oscuro donde se encuentran las
boletas
«Si una persona con discapacidad intelectual desea votar, puede elegir el mismo a un familiar para que lo acompañe, a su vez si no existe esta persona puede hacerlo el presidente de mesa.» Expresó Miryam Flamand a RESUMEN. Debemos eliminar las barreras que existen para lograr ámbitos mas inclusivos entendiendo que estas distancias las genera la misma sociedad.
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