A días de cumplirse su primer año de gestión, y con una seguidilla de acciones desafortunadas que la ubicaron en el ojo del huracán, vecinos de Anisacate juntan firman y esperan los plazos de la Ley 8102 para solicitar la Intervencion del Municipio y la Revocatoria de mandato a la actual Intendente.
Lejos de aquellos días felices donde todo era color de rosa, las marchas, denuncias y escándalos acompañaron sus primeros 365 días que se traslucen a un viejo refrán, «Si sembras tormentas, cosecharas tempestades»
A la nula obra pública desde su asunción, la persecución ideologica a trabajadores Municipales, la falta de diálogo y el apriete a los empresarios que huyen despavoridos de la localidad, el ataque permanente y constante a los medios de comunicación, sumado a la decenas de asesores, provedores y colaboradores con frondosos sueldos van a contramano del brutal vaciamiento en la prestación de servios y un sistema de Salud arancelario y precario, sumado al duro golpe que fue la del transporte escolar, dejando a más de 50 niños a pie.
En diálogo con RESUMEN, varios vecinos manifestaron sentirse parte de un «FRAUDE ELECTORAL». «Nos mintió en la cara, nos engañó como a chicos de escuela, y eso no puede quedar así,» afirmó indignada una vecina que por miedo a represalias no quiso plasmar su nombre en nota escrita.
«Le echa la culpa de todo a Zalazar (Ramón) pero nosotros votamos por ella, ella gobierna, nos está matando con los impuestos y cada vez tenemos menos servicios,esperamos que llegue el verano para trabajar con el turismo y sale con este disparate de querer cobrar $10.000 por auto y $15.000 a los perros? No va a venir ni el loro este verano», agregan.
Consultados por RESUMEN sobre la iniciativa popular que pondría en jaque a la actual mandataria, los vecinos confirmaron que cuentan con el patrocinio de un importante estudio vinculado al derecho administrativo y se mostraron optimistas, recordando el antecedente del mismo caso en la Comuna de La Paisanita, donde se le pidió al Ex Presidente Comunal Ignacio Sala, también la Revocatoria de su mandato.
¿QUE DICE LA LEY 8102?
Revocatoria Popular
Número de Electores
Artículo 157º.- El derecho de revocatoria
podrá ser promovido por un número de
electores municipales no inferior al diez por ciento del total del padrón utilizado en el último comicio municipal para destituir de sus cargos a uno, varios o a la totalidad de los funcionarios electivos.
El pronunciamiento popular estará referido a la confirmación o destitución de los funcionarios sometidos a revocatoria.
Plazos para la Revocatoria
Artículo 160º.- Los funcionarios electivos
podrán ser sometidos a este procedimiento luego de transcurrido un (1) año en el desempeño de sus mandatos y siempre que no
faltare menos de nueve (9) meses para la
expiración de los mismos.
Intervención Provincial
Artículo 222º.- Las Comunas podrán ser
intervenidas por Ley cuando concurran algunas de las siguientes causales:
1) Grave deficiencia en la prestación de
servicios públicos;
2) Grave desorden administrativo, económico o
financiero, imputable a las autoridades;
3) Enajenación ilegal de sus bienes;
4) Acefalía total.
La intervención no podrá durar más de noventa
(90) días. Dentro de ese período, el Interventor
designado por el Poder ejecutivo deberá
convocar a elecciones para la integración de la
Comisión. Sus facultades se limitarán al ejercicio
de las funciones indispensables de
administración, prestación de servicios y
percepción de la renta.
La acción vecinal,ya reúne gran cantidad de firmas y sería inminente la presentación en las próximas semanas.
De confirmarse y darle curso a este pedido de revocatoria, los vecinos de ANISACATE deberán volver a las urnas y elegir intendente, concejales y tribunos de Cuentas nuevamente.
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