NoticiasPolítica

Concejo Deliberante: El oficialismo presenta un proyecto para que municipales se capaciten en lengua de señas

El impulsor es el Concejal Manuel Ortiz. En diálogo con RESUMEN aseguró que "la intención es contar con al menos 2 personas por área con conocimientos en Lengua de Señas". Cabe destacar que semanas atrás se aprobó el proyecto que sugiere el uso de barbijos transparentes en comercios y bancos para romper la barrera comunicacional que sufren personas con hipoacusia, también impulsado por Ortiz.

La inclusión está en la agenda de los Concejales de Hacemos por Córdoba. Es por eso que ayer presentaron el proyecto de ordenanza que establece la capacitación en Lengua de Señas Argentina (LSA) para aquellos agentes municipales que desempeñan tareas en atención al público. «La intención es contar con al menos 2 personas por área con conocimientos en Lengua de Señas» expresó Manuel Ortiz, impulsor del proyecto, en diálogo con RESUMEN. El proyecto ingresará en el Orden del Día de los temas a tratar en la Sesión del Concejo Deliberante del próximo miércoles, que esta vez sesionará en el Colegio de Abogados, por cuestiones de espacio.

«Con esta iniciativa sumamos una nueva acción de inclusión para personas con discapacidad auditiva, sean sordos o hipoacúsicos» remarcó Ortiz, que semanas atrás presentó un proyecto -ya aprobado- que establece la sugerencia del uso de barbijos transparentes en comercios, entidades bancarias y establecimientos públicos para romper la barrera comunicacional que genera el barbijo tradicional.

El proyecto

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1°: INCORPORAR la capacitación obligatoria en Lengua de Señas Argentina (LSA), para agentes municipales que realicen tareas en oficinas de atención al público, con el objeto de sumar otro canal que garantice la accesibilidad comunicacional para personas con discapacidad.
ARTICULO 2°: ESTABLECER que en cada área que realicen tareas de atención al público deberá contar con, al menos, dos agentes capacitados en Lengua de Señas Argentina (LSA), quienes serán seleccionados por la Sub Secretaria de Recursos Humanos, o quien en su futuro la reempIace.
ARTICULO 3°: ESTABLECER dicha capacitación a cargo de la Dirección de Educación, o la que en su futuro la reemplacen. Esta dependencia articulará la modalidad virtual y/o presencial y definirán los contenidos del curso.
ARTICULO 4°: DE FORMA.

Mostrar más
 

Noticias Relacionadas

Comentarios:

Botón volver arriba