Semanas atrás se había establecido que los niños, niñas y adolescentes con padres separados no convivientes debían permanecer en la casa de quien hayan estado al momento del inicio del aislamiento. Ahora hay modificaciones y los menores podrán trasladarse al hogar de su mamá, papá o referente afectivo para verlos y continuar en aislamiento.
El traslado podrá hacerse cada 7 días, con la declaración jurada aprobada por la Resolución N° 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social.
Cabe destacar que el traslado debe ocurrir siempre y cuando sea en marco del interés superior del niño, niña o adolescente, para resguardar sus vínculos afectivos.
La medida fue impulsada por la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.
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