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«El río en sí es de jurisdicción provincial, no se que se estaría cobrando»

Llega la época estival y con ello un debate histórico. ¿Pueden las comunas cobrarle a los visitantes por bajar al río? ¿Es realmente eso lo que cobran?, ¿Qué tan legal es?. En fin, lo cierto es que más allá de que puedan o no hacerlo y de las fundamentaciones que tengan, es algo que año tras año genera malestar y enojo por parte de quienes deciden visitar alguno de estos lugares del Valle de Paravachasca cuando el calor aprieta.

En este marco, quien opinó al respecto fue el abogado Federico Bossi y lo hizo al aire de la 88.9.

«Es comprensible el enojo. En principio las Comunas, por regla, no pueden cobrar impuestos, al igual que las Municipalidades. Lo único que pueden percibir son tasas. La diferencia entre una y otra clase de tributos es que tiene que haber una retribución estatal en el caso de las tasas. Es decir una contra prestación para que sea legal, no así en el caso de los impuestos. No sé cuál sería la contraprestación por parte de la Comuna para evaluar si es legal o no, porque el río en sí es de jurisdicción provincial. No sé que se estaría cobrando», inició explicando el reconocido abogado a la vez que agregó: «Habría que discernir es si la tasa se le cobra a todos o a los que usan los servicios».

En este sentido, Bossi aclaró que «si la Comuna presta servicios en la zona, evidentemente puede cobrar una tasa» pero NO así por bajar al rí. Eso es «totalmente improcedente porque lo que están cobrando es una suerte de paso o peaje por bajar al río» y puede dar lugar «a una investigación por parte de fiscales por un abuso de autoridad».

Otro punto importante que detalló el letrado fue el hecho de que NO se puede obligar a una persona a pagar el estacionamiento si se niega a hacerlo y por ello no se le puede negar bajar al río. «Si una persona dice «yo no pago» no lo pueden obligar a pagar, no es delito. En el peor de los casos tiene que haber una multa que se aplique a quien no pague el alquiler y después ¿cómo van a hacer para cobrarle si no tienen tribunal de faltas?. La policía no puede decir «el señor no quiere pagar, entonces que se vaya». Lo único que pueden hacer es un acta», culminó.

Cabe recordar que en su momento, RESUMEN consultó a los distintos Jefes Comunales sobre este pago tan polémico, a fines de que explicaran a que correspondían. Ignacio Sala, Jefe Comunal de La Paisanita, por ejemplo, había aclarado: «No se cobra el acceso al río, sino la prestación de servicios. El derecho a asadores, baños químicos, seguridad, etcétera». En este caso, habría que ver cuales son los servicios que cada una de estas localidades con bajada al río ofrece y, en ese caso, si corresponde o no que cobren dicha tasa.

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